Argentina simplifica la importación de aditivos y materias primas para alimentos
Un cambio normativo trascendental agiliza la entrada de insumos clave para la industria alimentaria argentina. El Gobierno, a través de la publicación del Decreto 697/2026 en el Boletín Oficial, extendió el régimen de simplificación regulatoria a aditivos, coadyuvantes tecnológicos e ingredientes utilizados en la elaboración de alimentos, permitiendo el reconocimiento de certificaciones sanitarias extranjeras.

Concentración de funciones en el SENASA
La medida, que entró en vigor esta madrugada, también centraliza en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) las funciones de control y fiscalización de las importaciones alimentarias, anteriormente dispersas entre diferentes organismos. Esta consolidación busca optimizar los procesos y eliminar redundancias.
Hasta ahora, la normativa vigente permitía la importación sin trámites adicionales de alimentos terminados provenientes de países con altos estándares sanitarios, como Estados Unidos, la Unión Europea, Canadá o Japón. Sin embargo, la industria local se veía limitada al no poder utilizar los mismos insumos para producir productos equivalentes. El nuevo decreto cierra esta brecha, facilitando el acceso a ingredientes esenciales para la producción nacional.
La decisión se alinea con el objetivo de “eliminar exigencias y procedimientos que implican una duplicación de controles” respecto a ingredientes, aditivos y otros componentes, siguiendo los estándares internacionales establecidos por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), a través del Codex Alimentarius.
Según fuentes gubernamentales, la medida busca “promover mecanismos de reconocimiento de equivalencias regulatorias y simplificación administrativa” para reducir costos y favorecer la incorporación de nuevas tecnologías en la industria alimentaria. La Autoridad Sanitaria Nacional, en adelante, solo requerirá la presentación de una declaración jurada de importación, siempre y cuando los insumos no tengan finalidades medicinales ni se encuentren regulados de manera específica en el Código Alimentario Argentino.
Además, el decreto actualiza el mecanismo de revisión del Código Alimentario Argentino (CAA), ahora a cargo de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), en conjunto con la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. También se establece un plazo de 30 días hábiles para que la autoridad sanitaria se expida sobre nuevas autorizaciones de productos.
Finalmente, se aclara que los carnets de manipulación de alimentos tendrán validez en todo el territorio nacional y sin fecha de vencimiento una vez otorgados, eliminando la necesidad de renovaciones periódicas para los trabajadores del sector.
La medida representa un impulso significativo para la competitividad de la industria alimentaria argentina, al facilitar el acceso a materias primas y tecnologías de vanguardia, y simplificar los procesos de importación.